Sociedades Anónimas y
Limitadas
·
Obtener una
certificación de no existencia del nombre de la entidad en el Registro
Mercantil Central. El documento tiene una validez de dos meses, hasta su
presentación en el notario. Éste trámite se puede realizar a través de
internet.
·
Abonar en una entidad
financiera el capital requerido. En el caso de las Sociedades Anónimas (S.A.)
es de 60.101,21 €, con una aportación inicial del 25%. Y en el caso de las Sociedades
Limitadas (S.L.), de 3005,06 €, desembolsados íntegramente en su
inicio.
·
Acudir a la notaría
con los documentos obtenidos para formalizar la Escritura de Constitución y los
Estatutos Sociales firmados por todos los socios ante notario.
·
Solicitar en Hacienda
un CIF (Código de Identificación Fiscal) provisional.
·
Liquidar el Impuesto
de Transmisiones Patrimoniales y el Impuesto de Actos Jurídicos
Documentados en un plazo de 30 días a partir de la constitución.
·
Inscribir la empresa en
el Registro Mercantil con todos los documentos anteriores. Existe un
plazo máximo de dos meses desde la formalización de la escritura.
|